De acuerdo a lo señalado en el artículo 364-5 del Estatuto Tributario – E.T., la Cooperativa de Trabajadores de Coats Cadena – COOPCOATS, como entidad del sector cooperativo clasificada en el Régimen Tributario Especial – RTE presenta su Registro Web para el año 2021.

Documentación requerida para presentar proceso de actualización del registro web en el Régimen Tributario Especial – RTE:

La denominación, la identificación y el domicilio de la entidad:
Cooperativa de Trabajadores de Coats Cadena – COOPCOATS
NIT: 891.400.428-8
Calle 22 # 8-22 Local A, centro Pereira, Risaralda, Colombia
Teléfonos: 333 04 40 – 335 76 31Teléfonos: 333 04 40 – 335 76 31
Email: [email protected]
Sitio Web: www.coopcoats.com

1. Informe anual de resultados o de gestión que prevea datos sobre sus proyectos en curso y los finalizados, los ingresos, los contratos realizados, subsidios y aportes recibidos, así como las metas logradas en beneficio de la comunidad.

Informes Consejo de Administración y Gerencia

2. Los estados financieros de la entidad del año inmediatamente anterior debidamente autorizados por el máximo órgano de administración.

Estados Financieros 2020 y Revelaciones

3. Certificación de Requisitos del representante legal o revisor fiscal en el que evidencia que han cumplido con todos los requisitos durante el respectivo año del respectivo año, conforme lo ordena el numeral 13 del parágrafo 2 del artículo 364-5 E.T. NO es necesario adjuntar la declaración de renta.

Certificado de cumplimiento de requisitos 

4. Certificación del Representante Legal de los antecedentes judiciales y declaración de caducidad de contratos estatales de los miembros de la junta directiva, fundadores, representantes legales o miembros de los órganos de dirección de conformidad con el numeral 3 artículo 364-3 E.T.

Certificado antecedentes administración 

5. Acta de la asamblea o máximo órgano de dirección que indica el estado de las asignaciones permanentes de los años gravables anteriores de conformidad con el artículo 1.2.1.5.1.27 del Decreto 1625 de 2016.

Acta Asamblea General Ordinaria de Asociados

6. Acta de la Asamblea General o máximo órgano de dirección en el que se aprobó la distribución del beneficio neto o excedente del respectivo año gravable. Numeral 3, Parágrafo 2° del artículo 364-5 ET.


7. Certificación donde se indiquen los nombres e identificación de los cargos directivos y gerenciales, y de manera global el concepto y valor de la remuneración de dichos cargos. Aplica para las entidades a que se refieren los artículos 19 y 19-4 del Estatuto Tributario, que tengan ingresos brutos en el año gravable anterior superiores a 3.500 UVT.

Certificado pago directivos 

Otras consideraciones:

La descripción de la actividad meritoria:
No aplica.

El monto y el destino de las asignaciones permanentes que se hayan realizado en el año y los plazos adicionales que estén autorizados por el máximo órgano social, cuando corresponda:
No aplica.

En caso de recibir donaciones, la identificación del donante y el monto de la donación, así como la destinación de la misma y el plazo proyectado para el gasto o la inversión. Para tales efectos se entiende que la donación a una entidad del Régimen Tributario Especial es una autorización de publicar los datos que contiene el registro:
No aplica.

Cuando las donaciones se perciban en eventos colectivos, sin que sea posible la identificación particular de los donantes, se deberá inscribir el monto total percibido, la fecha y la destinación del mismo:
No aplica.

Los recursos de cooperación internacional no reembolsable que reciban o ejecuten:
No aplica.

Mayor información: Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales (DIAN)